Calculadora de vacaciones y prima vacacional (México)
Calcula cuántos días de vacaciones te tocan según tu antigüedad con la escala de vacaciones dignas, cuánto te pagan y tu prima vacacional, con la Ley Federal del Trabajo.
Escala del artículo 76 (vigente desde 2023)
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
Fuente oficial
- Ley Federal del Trabajo, texto vigente: arts. 76 a 81 (vacaciones y prima vacacional)Orden Jurídico Nacional, Secretaría de Gobernación · LFT arts. 76 y 78 reformados por el decreto de vacaciones dignas, DOF 27-12-2022; arts. 79, 80 y 81 · consultado el 6 de octubre de 2026
- Vigente desde
- 1 de enero de 2023
- Última verificación
- 6 de octubre de 2026
- Mantenimiento
- Revisión ante cambios normativos
- Versión de la regla
- MX-VACACIONES-LFT-2023
Qué calcula
- Días de vacaciones por año de servicio cumplido, con la escala vigente del art. 76 (12 días el primer año, +2 por año hasta 20 y +2 por cada cinco años a partir del sexto)
- Pago de esos días con el salario diario que captures
- Prima vacacional con el porcentaje que captures, nunca menor al 25% del art. 80
- Fecha límite para disfrutar las vacaciones: seis meses después del aniversario (art. 81)
- Días acumulados en proporción al tiempo trabajado desde el último aniversario
Qué no calcula
- El finiquito al terminar la relación laboral: para eso está la calculadora de finiquito
- Trabajadores de temporada o con servicios discontinuos (art. 77), cuyas vacaciones son proporcionales a los días trabajados en el año
- Prestaciones superiores a la ley que dé tu contrato o el contrato colectivo, salvo el porcentaje de prima que captures
- El ISR: la parte exenta de la prima vacacional y la retención del resto
Prueba otra herramienta
Elegidas para acompañar a estaDesde 2023, con la reforma conocida como vacaciones dignas, en México tienes derecho a 12 días de vacaciones pagadas al cumplir tu primer año de trabajo, y a más días cada año. Esta calculadora te dice cuántos días te tocan según tu fecha de ingreso, cuánto te deben pagar por ellos con tu salario diario y cuánto es tu prima vacacional, que por ley es al menos el 25% de ese pago. También te indica hasta cuándo tiene tu empresa para darte esos días, cuántos tendrás en tu próximo aniversario y cuántos llevas acumulados. Las reglas son las de los artículos 76 a 81 de la Ley Federal del Trabajo, citados abajo.
Cómo usar esta herramienta
- 01Escribe tu fecha de ingresoLa de tu contrato o la que aparece en tu constancia de antigüedad. La fecha de cálculo es hoy, pero puedes cambiarla.
- 02Escribe tu salario diarioSi cobras por mes, divide tu sueldo entre 30. Si tu salario es variable, usa tu promedio.
- 03Revisa la prima vacacionalViene con el mínimo de ley, 25%. Si tu contrato o tu contrato colectivo da más, cámbialo.
¿Cuándo es útil?
- Planear tus días libresSaber cuántos días puedes pedir este año y hasta cuándo.
- Revisar tu reciboComprobar que el pago de las vacaciones y la prima vacacional coinciden con tu salario.
- Recursos humanosCalcular la constancia de antigüedad y vacaciones que el artículo 81 obliga a entregar cada año.
Ejemplos
- Cinco años cumplidosCon ingreso el 15 de marzo de 2021 y salario diario de 500 pesos, al 6 de octubre de 2026 tienes 5 años cumplidos y te tocan 20 días. El pago es 500 × 20 = 10,000.00 pesos y la prima vacacional del 25% es 2,500.00: 12,500.00 en total.
- Hasta cuándo deben dártelasEse quinto aniversario fue el 15 de marzo de 2026, así que la empresa debía concederte las vacaciones a más tardar el 15 de septiembre de 2026, seis meses después.
- El sexto añoEn tu próximo aniversario, el 15 de marzo de 2027, te tocarán 22 días: a partir del sexto año la escala sube dos días por cada cinco años de servicio.
- Primer año en cursoSi entraste hace seis meses, todavía no te toca ningún periodo: tus primeros 12 días llegan en el aniversario. Mientras tanto vas acumulando la parte proporcional, que cuenta si terminas la relación antes.
Consejos para un mejor resultado
- Al menos 12 días seguidosEl artículo 78 dice que de tus días de vacaciones al menos 12 se disfrutan de forma continua. El resto se puede repartir como tú decidas.
- No se cambian por dineroMientras sigas trabajando, las vacaciones no pueden pagarse en lugar de disfrutarse (artículo 79). Solo se pagan sin disfrutar al terminar la relación laboral, en el finiquito.
La escala de vacaciones dignas
El artículo 76, reformado en el Diario Oficial el 27 de diciembre de 2022 y vigente desde el 1 de enero de 2023, da 12 días laborables tras el primer año, 14 tras el segundo, 16 tras el tercero, 18 tras el cuarto y 20 tras el quinto. A partir del sexto año suma dos días por cada cinco años de servicio: 22 del sexto al décimo año, 24 del undécimo al decimoquinto, y así sucesivamente. La tabla completa está debajo de la calculadora.
La prima vacacional
El artículo 80 da derecho a una prima de al menos el 25% sobre los salarios del periodo de vacaciones. Se calcula sobre el pago de los días de vacaciones: con 20 días a 500 pesos, el 25% de 10,000.00 son 2,500.00. Muchos contratos colectivos dan un porcentaje mayor.
Plazos y constancia
Según el artículo 81, las vacaciones deben concederse dentro de los seis meses siguientes a cada aniversario, y el patrón debe entregar cada año una constancia con tu antigüedad, los días que te corresponden y la fecha en que debes disfrutarlos. Las vacaciones son días laborables: no cuentan los días de descanso ni los festivos.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me tocan en 2026?
Depende de tus años de servicio: 12 con un año cumplido, 14 con dos, 16 con tres, 18 con cuatro, 20 con cinco y 22 entre seis y diez años. La escala es la misma desde 2023.
¿Cómo se calcula la prima vacacional?
Salario diario × días de vacaciones × porcentaje de prima. Con el mínimo legal del 25%, 20 días a 500 pesos dan 2,500.00 de prima.
¿Las vacaciones son días naturales o laborables?
Laborables. El artículo 76 habla de días laborables, así que los descansos semanales y los festivos no se descuentan de tus vacaciones.
¿Qué pasa si renuncio antes de cumplir el año?
Tienes derecho a la parte proporcional del tiempo trabajado (artículo 79). Se calcula en el finiquito, con su propia calculadora.
¿Mi empresa puede darme menos días?
No. Los días del artículo 76 son el mínimo; un contrato puede dar más, nunca menos.
¿La prima vacacional paga impuestos?
Tiene una parte exenta de ISR y el resto se grava. Esta calculadora da importes brutos y no calcula impuestos.

